Guía de Conservación de Documentos

Look up how long to keep common documents like invoices, payslips, and tax returns in France, Belgium, or Switzerland.

Por Marshkalk

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Plazo de conservación recomendado

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Esto muestra plazos generales para situaciones habituales, no asesoramiento legal o contable personalizado. Ciertos sectores, obligaciones profesionales, o litigios en curso pueden requerir una conservación más larga. Consulta con un asesor fiscal o un profesional del derecho para tu caso concreto.

Documento Francia Bélgica Suiza

Una herramienta pensada para quien vive o trabaja entre fronteras

España tiene sus propios plazos, distintos de los tres países cubiertos aquí: la Ley General Tributaria fija en 4 años la prescripción fiscal general, mientras que el Código de Comercio exige conservar los libros y documentos contables durante 6 años. Esta guía se centra en cambio en Francia, Bélgica y Suiza, útil sobre todo para hispanohablantes que trabajan como transfronterizos cerca de la frontera francesa, residen en la Suiza francófona, o gestionan documentos de una empresa o herencia en alguno de estos tres países.

Plazos de conservación habituales, algunas referencias

DocumentoFranciaBélgicaSuiza
Facturas10 años7 años10 años
Nóminas5 años (copia del empleador)5 años10 años (recomendado)
Declaraciones de impuestos6 años7 añosvariable según el cantón

Límites de esta herramienta

Estas cifras cubren el caso habitual de un particular o una pequeña empresa y no sustituyen el asesoramiento profesional: las profesiones reguladas, un litigio en curso, una herencia, o una inspección fiscal ya iniciada pueden alargar el plazo de conservación bastante más allá de la regla general mostrada aquí. Algunas filas se marcan como variables según la región o el cantón precisamente porque no existe una única cifra nacional, como ocurre con el plazo fiscal en Suiza, que cambia de un cantón a otro.

Una regla simple en caso de duda

Cuando un documento puede depender de varias reglas de conservación a la vez, consérvalo durante el plazo más largo, no el más corto, y no destruyas nunca el original de una escritura de propiedad, los estatutos de una empresa, ni ningún documento que acredite un derecho vigente, que conviene guardar sin límite de tiempo.