Los plazos de prescripción tienen muchas excepciones: el cómputo puede empezar más tarde que el propio hecho (desde el descubrimiento del daño), suspenderse durante una negociación, o reiniciarse tras un reconocimiento formal. Esto es información general, no asesoramiento jurídico. Consulta con un profesional del derecho antes de confiar en cualquier plazo.
El año de prescripción de la responsabilidad extracontractual, uno de los más cortos de Europa
El artículo 1968.2 del Código Civil fija en solo 1 año el plazo de prescripción de las acciones por responsabilidad civil extracontractual, uno de los plazos más cortos de Europa occidental para este tipo de reclamación, frente a los 10 años de Francia o los 3 años de Alemania para casos comparables. Este plazo tan corto convive con la reforma de 2015, que redujo el plazo general de las acciones personales (contratos) de 15 a 5 años (artículo 1964 CC), acercando España a sus vecinos en materia contractual mientras mantiene una de las prescripciones extracontractuales más breves del continente.
Plazos de prescripción, algunas referencias
| Tipo de litigio | España | Francia | Reino Unido |
|---|---|---|---|
| Litigio contractual | 5 años | 5 años | 6 años |
| Daño personal | 1 año | 10 años | 3 años |
| Difamación | 1 año | 3 meses | 1 año |
Límites de esta herramienta
Esta herramienta muestra solo el plazo legal general. En la práctica, el cómputo no siempre empieza el día del hecho: muchos países cuentan desde el momento en que el daño se descubrió o razonablemente pudo conocerse, no desde que ocurrió, y actos formales como un requerimiento, un plan de pagos, o una demanda pueden suspender o reiniciar el plazo por completo. Ninguna de estas excepciones se refleja aquí.
Cómo se cuentan generalmente estos plazos
La mayoría de los países miden el plazo en años completos desde un punto de partida claro (el incumplimiento, el daño, el último pago), y una vez transcurrido ese plazo, el deudor o demandado obtiene una defensa formal que puede alegar ante el juez, aunque también puede renunciar a ella. Confirma siempre la fecha de inicio aplicable y las posibles causas de suspensión con un profesional del derecho en lugar de confiar solo en la regla general.